Borrador — pendiente de validación legal profesional. No publicar.
Leyendas COFEPRIS obligatorias y etiquetado
Para los suplementos alimenticios, en el empaque Y en la publicidad deben aparecer, en MAYÚSCULAS, negritas y con colores contrastantes (RCSPyS Art. 173–174 y Apéndice XVII), las dos leyendas:
- No atribuir a los suplementos propiedades terapéuticas, preventivas ni curativas (ver la guía de claims, BLA-344).
- Productos cosméticos (Dúo Anticaída, Ácido Hialurónico, Serum Acné): etiquetado conforme a NOM-141, aviso de funcionamiento, sin claims medicinales.
- Confirmar con el profesional regulatorio las dimensiones y ubicación exactas de las leyendas en empaque y anuncios.
Fuentes de referencia: COFEPRIS — Etiquetado de suplementos alimenticios (gob.mx); RCSPyS Art. 173–174; LFPDPPP (DOF 20-mar-2025). Borradores para revisión profesional.